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Un ligerísimo acercamiento a la FGR y al debido proceso

  • Foto del escritor: Eliana Isabel
    Eliana Isabel
  • 1 sept 2020
  • 4 Min. de lectura

El actual tema sobre las declaraciones de Lozoya, un ex funcionario ligado a una red de corrupción gubernamental que funcionó durante el sexenio pasado (2012-2018), ha hecho que los medios nacionales de comunicación hagan énfasis en la Fiscalía General de la República (FGR) y en el debido proceso. No soy abogada por lo cual entiendo casi nada del asunto y eso me deja inquieta; en consecuencia, quise investigar cosas básicas sobre la organización, como sus funciones y su misión, así como la definición de aquel concepto que, desde que es invocado, a varios nos deja un gran signo de interrogación en la frente: ¿qué es y por qué es tan crucial el debido proceso para que se cumpla la ley; para hacer justicia y que aquellos que cometieron un delito reparen los daños ocasionados?

La FGR

En primer lugar, la Fiscalía General de la República es autónoma. Sus funciones son investigar delitos federales; hacer justicia de forma eficaz y apegada a la ley; prevenir la comisión de delitos; garantizar la reparación integral de daños; etc. Está conformada por seis Fiscalías Especializadas: en Materia de Derechos Humanos; de Asuntos Internos; para la atención de delitos cometidos contra la Libertad de Expresión; investigación de los delitos de Desaparición Forzada; en Delitos Electorales; y Combate a la Corrupción (FGR, 2020).


Esta institución sustituyó a la Procuraduría General de la República (PGR) desde febrero del 2014; Alejandro Gertz Manero es su actual titular y ocupará el cargo por 8 años más. De acuerdo con la Fundación para el Debido Proceso (DPLF, por sus siglas en inglés), la creación de la FGR tuvo como principal objetivo terminar con la subordinación de esta institución de justicia respecto de las presiones políticas del Ejecutivo federal; no obstante, a casi 2 años del inicio formal de sus actividades, la Fiscalía no ha logrado todavía cumplir con el espíritu de su Ley Orgánica.


La DPLF y la Oficina en Washington para Asuntos Latinoamericanos (WOLA, por sus siglas en inglés) realizaron, recientemente, un diagnóstico sobre la situación actual de la FGR y las acciones que deberá implementar para cumplir con su mandato de creación. Si bien la FGR ha avanzado en la resolución de algunos casos de corrupción y violaciones de DH sucedidos durante el sexenio de Peña Nieto, el informe subraya que hay denuncias de corrupción dentro de la propia Fiscalía y que no se ha actuado, como se esperaría, para esclarecer los casos de feminicidios (DPFL, 2020).


Con estas pocas pistas sobre lo que es la FGR, podemos entender por qué está presente en la discusión del caso Lozoya y Odebrecht. Ahora veamos por qué es tan importante el debido proceso, para lograr que se haga justicia.


¿Por qué es tan relevante el debido proceso?

El debido proceso es el respeto de los derechos de toda aquella persona acusada por cometer un delito. Una o un acusado tiene derecho a un recurso porque puede hacer uso de los medios permitidos para defender su inocencia frente a un juez imparcial, y tiene derecho a un debido proceso legal, que son todas las condiciones que le aseguran poder defenderse (SEGOB, 2026). Ambos derechos reconocidos conforman al debido proceso sobre el que tanto escuchamos en los medios de comunicación, justo cuando está sobre la mesa la detención de algún posible criminal (p.e. los casos Cassez, Duarte, Lozoya).

De acuerdo con Jorge Zinny (2016), el debido proceso es un mecanismo de solución pacífica de conflictos entre dos partes antagónicas y una tercera parte imparcial e independiente, que funge como el/la juez, y quien finalmente resolverá el caso mediante una decisión fundada. Este proceso se compone de diversas etapas: la introductoria de las cuestiones, la probatoria, la discusoria y la decisoria (Zinny, 2016). Por su parte, el profesor Gómez Lara (s/a) detalla que el debido proceso legal es una institución de origen anglosajón que demanda una correcta implementación del proceso judicial en el que están involucrados la parte acusadora y la acusada.


Seguramente, debido a mi nula formación en derecho y, específicamente, en derecho penal y procesal no puedo ir más allá en la indagación sobre los pormenores del famoso debido proceso, y su relevancia. Sin embargo, con lo que pude consultar y entender, observo que los ingredientes indispensables del debido proceso legal son que las partes en conflicto deben ser tratados como iguales ante la ley, el o la juez deben actuar de forma imparcial y autónoma, y el desarrollo del proceso debe ser en un periodo razonable para que ambas partes tengan las mismas oportunidades de presentar sus pruebas y rebatir los argumentos de la contraparte. En suma, que durante todo el proceso judicial prime la igualdad ante la ley y la imparcialidad del juez.

Comúnmente, en los noticieros se habla de la violación al debido proceso cuando son exhibidos, extraoficialmente, algunos recursos que podrían ser evidencias en favor de una de las partes involucradas y en perjuicio de la otra; o cuando las persona encargadas de hacer cumplir las etapas del proceso no hacen su trabajo y omiten alguna de ellas. Cuando esto sucede, todo el proceso judicial es puesto en peligro, pues coloca en desventaja a una de las partes antagónicas.


Bajo estas condiciones, vemos que el gran perdedor es el Estado mexicano, pues no logra concretar la aplicación de la ley. Como consecuencia, algunos consideramos que hay incompetencia en los organismos dedicados a investigar y denunciar delitos –la FGR–, al no lograr procesar a los que consideramos culpables. No obstante, el debido proceso –que es un mecanismo que nivela la cancha– nos recuerda que, ante cualquier violación a los derechos del acusado, existe motivo suficiente para que la balanza se incline en favor de éste.

Fuentes consultadas


Due Process of Law Foundation [DPLF]. (2020). Cómo México se está rezagando en la transformación de su Fiscalía General: Nuevo informe examina el desempeño de la institución e identifica los desafíos futuros para abordar la impunidad. Recuperado: http://www.dplf.org/es/news/como-mexico-se-esta-rezagando-en-la-transformacion-de-su-fiscalia-general


FGR. (s/a). ¿Qué hacemos?. Recuperado de: https://www.gob.mx/fgr/que-hacemos


Gómez Lara, C. (s/a). El debido proceso como derecho humano. IIJ UNAM. Recuperado de: https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/4/1968/17.pdf


SEGOB. (2016). ¿Qué es el debido proceso?. Recuperado de: https://www.gob.mx/segob/articulos/que-es-el-debido-proceso


Zinny, J. (2016). El concepto de debido proceso. IIJ UNAM. Recuperado de: https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/9/4250/9.pdf

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